El artículo de Palomeque comienza haciendo una reflexión sobre la utilización que se hace del contexto de crisis en el que nos encontramos actualmente para aportar una explicación a todos los fenómenos negativos que ocurren en el mercado laboral. Por ejemplo, uno de estos casos es el de la generalización de la contratación temporal de trabajo, mediante técnicas que la equiparan a la contratación indefinida, bajo la excusa de ser una medida que trata de paliar la situación de crisis contemporánea. El autor se basa en cifras estadísticas para explicar y argumentar que la contratación temporal no está relacionada con la creación de empleo, sino más bien sirve para mantener el ya existente o, en cualquier caso, reodenar y flexibilizar el mercado de trabajo.
Además, se aprovecha para darle un uso patronal con la finalidad de sustituir trabajadores fijos por temporales, lo que da lugar a una precarización de la mano de obra y, en última instancia, genera que la situación de crisis de agrave.
Continúa el autor reflexionando sobre la interdependencia del Derecho del Trabajo y la economía. La existencia de la crisis económica sí puede influir y afectar al mercado laboral pero, matiza, hay que relativizar tal afirmación. La relación del Derecho del Trabajo y la crisis económica se puede hacer a través de dos postulados: (i) La crisis económica ha acompañado al Derecho del Trabajo durante toda su andadura histórica. Por lo que la relación entre ambos es más amplia que la de la crisis de los setenta; (ii) la crisis económica ha ejercido siempre su influencia en el cuadro institucional del Derecho del Trabajo. Existía un entramado institucional consistente en la regulación de las causas de despido, suspensión del contraro, modificación sustancial de las condiciones de trabajo... que están basadas en la existencia de una situación de crisis laboral o económica.
jueves, 18 de febrero de 2010
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